viernes, 18 de noviembre de 2011

El penúltimo engaño del Socialista Guillén

Con fecha 31 de octubre, el Grupo Municipal Socialista al amparo de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, solicitó la convocatoria de una sesión extraordinaria del Pleno del Ayuntamiento para tratar y debatir de manera monográfica la situación del desempleo en la ciudad de Segorbe y proponer diversas actuaciones tendentes a la creación de empleo.
Con fecha 4 de noviembre, el Alcalde, Rafael Calvo, contestó, al amparo del artículo 78.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales en lo que se refiere a la celebración de sesiones plenarias promovidas por una cuarta parte de los Concejales del Ayuntamiento, establece “que habrá de hacerse por escrito, razonando el asunto o asuntos a tratar”.
En dicha solicitud, los socialistas basaban su petición en que los presupuestos para el ejercicio 2012 y aprobados 48 horas antes en Pleno Extraordinario, no recogían una adecuada respuesta a la creación de empleo y a la precipitación con la que se convocó y aprobó el Pleno de los presupuestos.

Ante esta explicación, el Alcalde entendió que no era una justificación suficientemente motivada, ya que en el Pleno de Presupuestos podrían haber planteado sus propuestas. Además, el Orden del Día que se propone, y de acuerdo con el artículo 22 de la LRBRL, que regula las competencias atribuidas al Pleno,  no consta dentro de las atribuciones de las Corporaciones Locales, el estudio del desempleo y las propuestas tendentes a la creación de empleo, y mucho menos analizar la crisis económica, como un punto en el Orden del Día de carácter monográfico.
Por todo ello, se les concedió un plazo de audiencia de 10 días hábiles para que motivaran y justificaran mejor lo solicitado, tal cual como establece la legislación vigente, y de esta forma ajustarse mejor a las competencias que tiene atribuidas el Pleno.
El día 17 de noviembre, se cumplió el plazo concedido, sin que el Grupo Municipal Socialista remitiera a este Ayuntamiento, ni la motivación ni el razonamiento que amplíe y justifique el Pleno solicitado. Por lo cual, definitivamente no se va a celebrar dicho Pleno al desistir el Sr. Guillén y su Grupo Municipal de la convocatoria para su celebración.

Hoy día 18, fuera de plazo, el Grupo Municipal Socialista, presenta un escrito firmado por su Portavoz, haciendo oídos sordos al requerimiento del Alcalde y solicitándole al Secretario que convoque el Pleno para el día 29, aludiendo que por parte del Alcalde no se ha resuelto y que por tanto es de aplicación el art. 46.2.a) de la Ley de Bases de Régimen Local.
El Sr. Guillén se ríe o se mofa del Alcalde, ya que no conoce lo dispuesto en el art. 78.2 de la citada Ley, que dice que para convocar Plenos extraordinarios deberá motivarse su urgencia y según su art. 22 que regula las competencias atribuidas al Pleno y que no se ajusta ello.
El Sr. Guillén sabía que su solicitud era ilegal y que no iba a poder justificar su pretensión y por ello no se ha ajustado a lo establecido por la Ley, buscando la polémica y el enredo para intentar salvar los muebles. Pero lamentablemente Sr. Guillén, al no cumplir con sus obligaciones no deja otra alternativa que denegar la convocatoria de este Pleno. Esperamos,  ya que Usted siempre dice que tiene toda la razón legal, que impugne ante los tribunales esta decisión, y ya le adelanto, que aunque la jurisprudencia del Tribunal Supremo al respecto es amplia, en otros Ayuntamientos que se ha dado la misma situación que nos ocupa, han dado la razón a los Alcaldes no autorizando la convocatoria del Pleno.
Desde el Grupo Municipal del Partido Popular, no podemos hablar más que desvergüenza e irresponsabilidad del Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Guillén, y de los tres Concejales que le acompañan, ya que en numerosas notas de prensa han estado criticando al Alcalde puesto que daban por hecho que no se iba a convocar este Pleno, cuando no era cierto, ya que lo único que se había dicho era que deberían justificar mejor su solicitud, circunstancia que ellos sabían que no iban a hacer.
Con todo lo acontecido, queda demostrado que una vez más el Partido Socialista miente a los ciudadanos de Segorbe cuando hace promesas que luego no cumple.
En este caso el engaño a los más de 800 desempleados que hay en Segorbe es monumental, ya que no es que no se han preocupado por justificar el Pleno solicitado, sino que tampoco cumplieron con su propuesta de presentar en el mes de septiembre un Plan Anticrisis, ni mucho menos de presentar propuestas en el Pleno de Presupuestos que supusieran beneficios para aquellas empresas que crearan empleo, ni tan siquiera a pedir ampliaciones de partidas presupuestarias para mejorar el bienestar social de aquellas personas que en estos momentos lo están pasando mal, como consecuencia de la grave crisis económica.


Desde el Partido Popular, estamos convencidos que con nuestra propuesta de carácter fiscal y de bonificaciones para la generación de empleo conseguiremos a lo largo de esta legislatura facilitar la creación de 500 contratos para desempleados, y en ello estamos comprometidos.
Por todo ello resaltar que el Sr. Guillén, y el Grupo Socialista, deberían al menos pedir perdón al Alcalde por los insultos que han vertido sobre él, por haber mentido diciendo que no iba a convocar el Pleno para tratar el paro, y sobre todo a los desempleados por haberles mentido y manipulado de nuevo.
Si tuvieran la dignidad y respeto que deben tener como Concejales, deberían presentar su dimisión por engañar una vez más al pueblo de Segorbe.


Grupo Municipal Popular. Ayuntamiento de Segorbe

Programa de Creación de Empleo en Segorbe

El Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Segorbe, con el fin de incentivar la creación de empleo en el municipio, está trabajando en la elaboración de una Ordenanza reguladora de ayudas económicas para la creación de empleo, que se debatirá en el Pleno de Diciembre y con la que se pretende crear en torno a 50-60 puestos de trabajo fijo en el próximo año.
A continuación se presenta un extracto de los datos más destacables de la citada Ordenanza:

Consistentes en: subvenciones a fondo perdido, por una sola vez, por contrato fijo y/o por nuevo autónomo.
Consignación económica: 30.000 euros,  ampliables según el número de solicitudes.
Importe de las ayudas: 600 euros por contrato fijo o nuevo autónomo.
Destinatarios: nuevos autónomos y empresarios que tengan su actividad comercial o empresarial en el municipio de Segorbe.
Plazo presentación solicitudes: Desde el 1 de Enero hasta el 31 de Diciembre de 2012.

Requisitos:

a) El empresario deberá estar dado de alta en el IAE con anterioridad al 1 de Enero de 2011.
b) Las pequeñas y medianas empresas no podrán tener más de 50 trabajadores en plantilla.
c) La actividad empresarial deberá tener su domicilio fiscal y social en Segorbe.
d) Contratar indefinidamente a una persona desempleada empadronada en Segorbe con anterioridad al 1 de Enero de 2011. Dicha contratación deberá suponer un aumento en la plantilla, respecto a la existente en fecha 1 de Enero de 2011. El nuevo autónomo deberá estar desempleado al menos durante el año inmediatamente anterior a su alta como autónomo.
e) El nuevo autónomo deberá estar empadronado en Segorbe con anterioridad al 1 de Enero de 2011.
f) El solicitante deberá hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, fiscales y ante la seguridad social.
g) Las ayudas económicas se percibirán en dos pagos de 300 € cada uno: el primer pago se recibirá en los 30 días siguientes a la resolución de la concesión por la Junta de Gobierno y el siguiente pago un año después; una vez justificada la vigencia del contrato laboral y/o el mantenimiento  como trabajador autónomo.
h) El despido del trabajador antes de transcurrido el plazo de un año desde su contratación, si no se contratase a un nuevo trabajador indefinidamente, o la baja como trabajador autónomo; dará lugar a la devolución del importe de la subvención cobrada en el plazo de un mes desde que sea requerido para ello.
i) No existe número límite de solicitudes por empresario para la contratación.


Órgano competente: La Junta de Gobierno Local será el órgano competente para el estudio de las solicitudes concesión de las ayudas económicas.
Con esta Ordenanza, unida a otras medidas en las que se viene trabajando en los últimos meses, se espera reactivar el tejido empresarial-comercial del municipio y bajar las tasas de desempleo, buscando el objetivo de la creación de 500 contratos de empleo.
Los partidos de la oposición votaron en contra de la partida presupuestaria que tenía una consignación de 30.000 euros para la creación de empleo y del resto de medidas fiscales a las empresas para facilitar el empleo; esperemos que en esta ocasión sepan estar a la altura de las circunstancias y, ya que no han presentado ningún Plan Anticrisis y han desistido de debatir el Pleno solicitado sobre el desempleo en Segorbe,  voten en el Pleno a favor de esta Ordenanza.

Grupo Municipal Popular. Ayuntamiento de Segorbe

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