miércoles, 1 de febrero de 2012

La Prensa de Segorbe n º 147 Febrero 2012

Ordenanzas reguladoras de funcionamiento, organización, precio público por asistencia a los espectáculos y tasa para la utilización privativa del Teatro Serrano y Auditorio Municipal

Desde el Departamento de Cultura, a partir de la inquietud del Equipo de Gobierno del Partido Popular, se van a presentar al Pleno del 1 de Febrero las ordenanzas que regularan tanto el uso, organización de las instalaciones culturales, el precio por asistencia a los espectáculos, así como para la utilización privativa o el aprovechamiento de los dos centros: Teatro Serrano y Auditorio Municipal Salvador Seguí.
El objetivo de estas ordenanzas es la utilización racional y ordenada de las instalaciones culturales, garantizando a los ciudadanos la igualdad de condiciones en el acceso a las mismas, así como el aprovechamiento integral de los recursos disponibles y coordinación de esfuerzos y actividades.
La primera ordenanza reguladora del funcionamiento, uso y organización de estas instalaciones se ha dividido en 11 artículos, de los cuales los cinco primeros hablan de las consideraciones generales de gestión, formación, recursos y asociación de las instalaciones a redes nacionales, autonómicas, etc.
El artículo 6 detalla cómo se debe realizar la solicitud de la instalación, artículos 7 y 8 plantean el desarrollo de la actividad (organización y valoración de la actividad, montaje, desmontaje, reservas, venta de entradas). El artículo 9 comenta la preparación de actos municipales por parte de departamentos del Ayuntamiento, distintos del Área de Cultura; el 10 y 11 exponen los derechos y deberes de los usuarios, a la vez que se marcan las infracciones que vienen tipificadas como leves, graves y muy graves, con sanciones que van desde la amonestación verbal y/o escrita a la suspensión de la utilización concedida o prohibición de la entrada a la instalación de uno a tres años.

En el caso de la ordenanza del precio público por la asistencia a los espectáculos a celebrar en las instalaciones, en base al fundamento legal regulador de las bases del régimen local se han fijado una base imponible en función de las siguientes categorías:

a) Tipo A: aquellos espectáculos o actividades cuya organización supongan al Ayuntamiento un costo inferior o igual a 300 €
b) Tipo B: aquellos espectáculos o actividades cuya organización supongan al Ayuntamiento un costo entre 300,01 y 1.000 €
c) Tipo C: aquellos espectáculos o actividades cuya organización supongan al Ayuntamiento un costo entre 1.000,01 y 2.000 €
d) Tipo D: aquellos espectáculos o actividades cuya organización supongan al Ayuntamiento un costo entre 2.000,01 y 3.000 €
e) Tipo E: aquellos espectáculos o actividades cuya organización supongan al Ayuntamiento un costo entre 3.000,01 y 4.500 €
f) Tipo F: aquellos espectáculos o actividades cuya organización supongan al Ayuntamiento un costo entre 4.500,01 y 6.000 €
g) Tipo G: aquellos espectáculos o actividades cuya organización supongan al Ayuntamiento un costo entre 6.000,01 y 9.000 €
h) Tipo H: aquellos espectáculos o actividades cuya organización supongan al Ayuntamiento un costo entre 9.000,01 y 12.000 €
i) Tipo I: aquellos espectáculos o actividades cuya organización supongan al Ayuntamiento un costo superior a  12.000€
Corresponderá al Área de Cultura el establecimiento de la categoría del espectáculo, conforme a los criterios señalados por la ordenanza.

Dependiendo de la categoría del espectáculo se establece una Precio Público cuya tarifa será (I.V.A incluido):

Espectáculos de tipo A: 1 €
Espectáculos de tipo B: 2 €
Espectáculos de tipo C: 3 €
Espectáculos de tipo D: 5 €
Espectáculos de tipo E: 7 €
Espectáculos de tipo F: 9 €

Espectáculos de tipo G:
Patio de butacas: 15 €.
Primer piso: 12 €.
Segundo piso: 10 €.
Espectáculos de tipo H:

Patio de butacas: 18 €.
Primer piso: 15 €.
Segundo piso: 13 €.

Espectáculos de tipo I:

Patio de butacas: entre 19 y 30 €.
Primer piso: entre 16 y 27 €.
Segundo piso: 14 y 25 €

Destacar que con estos precios, el Ayuntamiento de Segorbe sigue subvencionando las actividades desde el 30 % al 50 %,  dependiendo de las categorías.
En relación a la ordenanza reguladora de la tasa para la utilización privativa del Teatro Serrano o Auditorio Municipal Salvador Seguí, la obligación de pago surge por la utilización de las instalaciones.
Se establece un precio general por dicho uso por importe de 300 €. En este precio está incluida la asistencia de un técnico municipal y la disposición de la instalación durante un periodo de tres horas. También se podrá fijar una fianza de 300 € pagadera con la entrega de la solicitud y devuelta una vez comprobado el estado de las instalaciones utilizadas.
Finalizar recordando que el Ayuntamiento entiende como competencia municipal el desarrollo de una programación cultural estable y de calidad, así como una adecuada gestión de los servicios e instalaciones. Con este objetivo se plantean las mencionadas normativas, entendiendo que con ellas se garantiza un uso adecuado y responsable de los recursos públicos y se proporcionan las herramientas necesarias para seguir trabajando por un Segorbe cultural.  

El AYUNTAMIENTO PLENO, celebrará sesión ordinaria en el Salón de Actos de la Casa Consistorial el día 1 de Febrero de 2012, y a las veintidós horas, para tratar los siguientes asuntos del Orden del Día:

1. Aprobación del borrador del acta de la sesión. Anterior.
2. Aprobación del reglamento regulador del funcionamiento, uso y organización del Auditorio Municipal “Salvador Seguí”.
3. Aprobación del reglamento regulador del funcionamiento, uso y organización del Teatro Serrano.
4. Ordenanza reguladora del precio público por la asistencia a los espectáculos a celebrar en el Teatro Serrano.
5. Ordenanza reguladora del precio público por la asistencia a los espectáculos a celebrar en el Auditorio Municipal “Salvador Seguí”.
6. Ordenanza reguladora de la tasa para la utilización privativa o el aprovechamiento especial del Auditorio Municipal “Salvador Seguí”.
7. Ordenanza reguladora de la tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del Teatro Serrano.
8. Bonificación en la liquidación definitiva del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras a Rafael Gil López por las obras a realizar en calle celtiberos num.3 de Segorbe.
9. Aprobación de la modificación de créditos n° 1/2012 mediante suplementos de créditos y créditos extraordinarios por importe de 1.194.962’49 euros.
10. Aprobación de las bases para la concesión de subvenciones por parte del ayuntamiento de Segorbe para el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, ejercicio 2012.
11. Aprobación de las bases para la concesión de subvenciones por parte del ayuntamiento de Segorbe para el IBI rustica, ejercicio 2012.
12. Aprobación de la tasa por la prestación de servicios relacionados con el otorgamiento de licencias, autorizaciones, control y/o inspección de comunicaciones previas y declaraciones responsables y otras actuaciones de carácter urbanístico y ambiental.
13. Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos, de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, grúas, contenedores, vallas, puntales, anillas, andamios y otras instalaciones análogas.
14. Modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
15. Aprobación de un plan económico-financiero.
16. Dar cuenta del nombramiento de Dña. Susana Bolumar como alcaldesa en funciones del 6 al 8 de enero de 2012.
17. Dar cuenta del nombramiento de D. Vicente Hervás como alcalde en funciones del 17 al 20 de enero de 2012.
18. Ruegos y preguntas.

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